ENTREVISTA
Inicio de la entrevista.
Se inició con un saludo y agradecimiento por el
tiempo brindado;
Buenas tardes Licenciado Santibáñez, le
agradezco su tiempo y al mismo tiempo el espacio que me brinda para poder
llevar a cabo esta entrevista.
El propósito de esta entrevista es para conocer
su opinión como abogado especialista en materia laboral, con respecto a las consecuencias
y afectaciones para los trabajadores con la nueva reforma laboral en México.
Pregunta (P):
Respuesta
(R):
P: ¿En qué consiste la
reforma laboral en México?
R:
La reforma laboral es una modificación a la Ley Federal del Trabajo.
P: ¿Para qué está diseñada
esta reforma laboral?
R: Básicamente
una reforma hecha de manera arbitraria en beneficio de los patrones y en
perjuicio de los trabajadores.
P: ¿Cuáles son las reformas
o modificaciones que se hicieron a Ley Federal del Trabajo?
R: Básicamente
las reformas a la ley federal son; La modificación en las relaciones de trabajo.
El trabajador pierde los derechos de generar antigüedad en un trabajo, bajo estas nuevas figuras de contratación
por un tiempo determinado. Modificación en las causas de despido, ahora mayor
carga imputable para el trabajador, quedando a juicio del patrón poder despedir
a un trabajador en el momento que este así lo decida. La aprobación de la
figura de subcontratación o mejor conocida desde hace años como outsourcing, figura
de contratación que limita la responsabilidad a la empresa contratante y a la
empresa proveedora. Patrones e intermediarios serán responsables solidarios de
las obligaciones contraídas con los trabajadores. La modificación para limitar
a doce meses el pago de salarios caídos por despedido injustificado, una
arbitrariedad a los derechos de los trabajadores, ya que el tiempo de los
juicios laborales sigue siendo el mismo que con la ley anterior. Los juicios
tardan de dos y hasta cinco años para dictar un laudo.
P: ¿Cuáles son los beneficios
de esta reforma para los trabajadores?
R: Para
los trabajadores no hay ningún beneficio. Contrario a ello el beneficio es para
las empresas.
P: ¿A qué se refiere la
contratación a prueba?
R:
Esta figura de prueba es un contrato por un tiempo determinado, en el cual el
trabajador debe de demostrar que tiene los conocimientos necesarios para prestar
un servicio en un determinado puesto. Si el trabajador no demuestra en un
periodo máximo de 30 días que tiene los conocimientos para cubrir el puesto,
podrá ser despedido sin responsabilidad alguna para el patrón.
Lo
mismo sucede con la figura de contrato por capacitación. El trabajador tendrá
un tiempo determinado de 90 días para adquirir los conocimientos necesarios
para un determinado puesto, de lo contrario también podrá ser despedido, sin
responsabilidad para el patrón.
P: ¿Qué es la contratación
por horas?
R:
Esta figura legal, básicamente trata de cuando se requiere contratar a una
persona para que realice algún servicio como lo dice textualmente la ley, por
unidad de tiempo, es decir por hora u horas que se requiera el trabajador, debiendo
pagar la cuota del salario mínimo.
P: ¿Qué sucede con las
subcontrataciones u Outsourcing?
R:
Realmente lo que sucede con este tipo de régimen
de subcontratación es cuando un patrón denominado contratista, presta servicios
con sus trabajadores bajo su dependencia, a favor de un contratante, que es la
persona física o moral. Lo que sucede con este régimen de subcontratación es
que los patrones e intermediarios serán responsables solidarios de las
obligaciones contraídas con los trabajadores
P: ¿Puede explicarme a que
se refiere que los trabajadores podrán desempeñar labores o tareas conexas o
complementarias a su labor principal?
R: Se
refiere que los patrones pueden destinar funciones alternas a un trabajador, además
de las habituales.
P: ¿Quién sale ganando con la reforma laboral?
R:
Definitivamente las personas físicas y morales, es decir las empresas.
No hay comentarios:
Publicar un comentario